Durante el 2021 aproximadamente fallecieron unas 43.000 personas que estaban en las listas de espera para la obtención de la ayuda para la dependencia según datos que reporta el ministerio de derechos sociales, donde Cataluña es la comunidad con mayor lista de espera, una cifra lamentable que equivale a 130 personas que fallecen diariamente, principalmente debido a la burocracia en los procedimientos.

En Cataluña encontramos varias ayudas para las personas en situación de dependencia, estas se recogen en la ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia de España. Esta ley tiene como objetivo atender a las personas dependientes, que son aquellas personas que experimentan alguna dificultad física, intelectual o psíquica, para llevar a cabo las actividades de la vida diaria (le llamaremos AVD’S a partir de ahora en este artículo), y precisan de una tercera persona para efectuar estas actividades.

Para acceder a la ley de dependencia en Cataluña es necesario hacer el trámite previo de la solicitud de reconocimiento del grado de dependencia. Este procedimiento puede iniciarse a petición de la persona que podría estar afectada por algún grado de dependencia o por quien la representa legalmente, una vez emitida la resolución de reconocimiento la persona entraría en el programa individual de atención (PIA) el cual determina las modalidades de atención más adecuadas a las personas en situación de dependencia. La gestión de estas solicitudes pertenece a los centros de servicios sociales municipales. El documento aplicativo de la cartera de servicios sociales de la Generalitat de Cataluña define los diferentes tipos de prestación como a quienes van dirigidas, además del resto de información necesaria para este colectivo.

Según la ley de dependencia, existen tres grados de dependencia:

  • Grado I (dependencia moderada): La persona necesita ayuda de una tercera para realizar las AVD’s al menos una vez al día.
  • Grado II (dependencia severa): La persona necesita ayuda dos o más veces al día para llevar a cabo las AVD’s.
  • Grado III (gran dependencia): La persona necesita ayuda en varias ocasiones durante el día para realizar las AVD’s.

Cómo se ha comentado antes, dentro de la ley de dependencia hay diferentes ayudas a las que se puede acceder una vez se haya reconocido el grado de dependencia. Estas ayudas tienen como finalidad evitar el surgimiento o el empeoramiento de afecciones o discapacidades, y de sus consecuencias, manteniendo o potenciando las capacidades de las personas dependientes para tomar sus propias decisiones y para realizar las AVD’s. Las ayudas se pueden dividir en dos partes: las prestaciones económicas y las prestaciones en forma de servicio.

Dentro de las prestaciones económicas podemos encontrar:

  • La prestación por persona cuidadora no profesional: Está destinada por aquellos familiares o personas del entorno que no son profesionales, y tienen cura de la persona dependiente.
  • La prestación vinculada al servicio: Tiene como propósito ayudar a los costes que tiene que cubrir la persona para acceder a recibir una asistencia profesional.
  • La prestación de asistencia personal: Su finalidad es colaborar en la contratación de una asistencia personal con un número de horas concretas, que proporcione a la persona dependiente una vida más autónoma en la ejecución de las AVD’s.

En cuanto a las prestaciones en forma de servicio, hay diversas y son las siguientes:

  • Teleasistencia: Mediante esta se da una respuesta inmediata a situaciones de emergencia o de inseguridad, soledad o aislamiento a personas dependientes en su domicilio. Se accede con un medallón o brazalete que lleva la persona en todo momento. Funciona todos los días del año, las 24 horas.
  • Servicio de ayuda o atención a domicilio: Servicio que da atención a la persona usuaria en su domicilio. Se le ofrece asistencia en las AVD’S y/o en la limpieza del hogar. Tiene como finalidad que la persona pueda seguir viviendo en su domicilio.
  • Centro de día: Este tipo de centro está pensado para aquellas personas que viven en su domicilio, pero tienen grandes dificultades para llevar a cabo las AVD’s. Ofrece a las personas en situación de dependencia atención en las AVD’s, estimulación de sus capacidades cognitivas y físicas, apoyo emocional y social tanto a la persona usuaria como a su familia.
  • Residencias: Son centros que dan una atención integral y continua a la persona todo el año, las 24 horas del día. Pueden tener carácter permanente o temporal.

Tanto el departamento de derechos sociales de la generalitat de Cataluña como el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) del instituto de mayores y servicios sociales (IMSERSO) a nivel nacional, nos facilitan toda la información y trámites requeridos para acceder a estas ayudas.

Ante el evidente nivel de envejecimiento de la población en España el cual se incrementará hasta el año 2050 según las proyecciones demográficas disponibles del INE y el Eurostat debido en gran parte al aumento de la esperanza de vida, la tasa de dependencia se verá multiplicada por dos aproximadamente, lo que hace que organizaciones y empresas privadas desarrollen y ofrezcan servicios complementarios al de las instituciones y programas sociales del estado con la finalidad de cubrir todas las necesidades de la población. 

atención a persones en situación de dependencia

En Suara cooperativa nos esforzamos diariamente en esta misión de mejorar la calidad de vida de las personas en situación de dependencia que confían en nuestra experiencia tanto en servicios de atención domiciliaria como en los centros de día y residencias de mayores.

Si prefieres que te enviemos la guía completa que hemos preparado sobre como beneficiarte de la ley de dependencia , solicítanoslo aquí

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